Guía del DeCA
¿Quién tiene que hacer el DeCA: el cargador o el transportista?
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Los dos. La Orden FOM/2861/2012 obliga a formalizar el documento de control tanto al cargador contractual como al transportista efectivo. En la práctica lo hace uno de ellos, pero ninguno se libra si está mal.
- Están obligados el cargador contractual (quien contrata el transporte) y el transportista efectivo (quien lo hace).
- En la práctica lo emite uno de los dos, pero los dos tienen que conservarlo al menos un año.
- El conductor tiene que llevar una copia, en el móvil o impresa, con su QR.
- Si se subcontrata, el transportista efectivo es el que lleva la mercancía, no el que la subcontrata.
Cargador contractual y transportista efectivo
La Orden habla de dos figuras, y conviene no confundirlas con «quien manda la mercancía» y «quien la recibe»:
- Cargador contractual: quien contrata el transporte en nombre propio. Puede ser el fabricante, un almacén o una agencia que contrata a un transportista.
- Transportista efectivo: quien hace materialmente el transporte, el titular de la autorización con la que circula el vehículo. Si eres autónomo con tu camión, eres tú.
El artículo 4 de la Orden obliga a los dos a formalizar el documento de control.
Entonces, ¿quién lo hace?
En la práctica lo emite uno de los dos: el cargador, porque tiene los datos del envío, o el transportista, porque es quien sale a la carretera con él. Lo importante es que exista antes de empezar el servicio y que el conductor tenga su copia.
Si el cargador no te lo da, hazlo tú: con AutoDeCA basta con una foto del albarán. Si te lo da, revísalo antes de salir.
¿Y el chófer?
Si el chófer es asalariado, él no es el transportista efectivo: lo es su empresa. Pero es quien tiene que llevar la copia y enseñarla en un control. Por eso conviene que pueda generarla desde su móvil sin esperar a la oficina, y que la empresa vea los de toda la flota. Así funciona AutoDeCA para empresas de transporte.
Cuando hay subcontratación
Si una agencia o un operador encarga el transporte a otro transportista, en el DeCA figura como transportista efectivo el que lleva la mercancía, no el que lo subcontrata. Quién figura como cargador contractual depende de cómo esté hecha la cadena de contratos: si tienes dudas con tu caso, consúltalo con tu asociación o tu gestoría.
Guardarlo un año
Tanto el cargador contractual como el transportista efectivo tienen que conservar el fichero al menos un año. Si te dan el DeCA hecho, guárdalo tú también: la app de chóferes de AutoDeCA lo revisa y lo conserva ese año.
Fuentes
- Orden FOM/2861/2012, que regula el documento de control (texto consolidado en el BOE).
- Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, sobre los documentos electrónicos de control (BOE-A-2026-12784).
- Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), artículos 141 y 143 (infracciones y sanciones).
Esta guía es informativa y no sustituye al texto del BOE ni a un asesoramiento jurídico. Si tienes un caso concreto, consúltalo con tu asociación o tu gestoría de transporte.